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Acerca de la ley

25.07.2012 18:39

 

 

Recibió media sanción  el  proyecto de Ley de Fertilización Asistida

 

LA LEY DE FERTILIZACION ASISTIDA ESTA POR NACER

 

Los procedimientos de Fertilización Asistida se incorporarían al PMO ( Plan Médico Obligatorio)

 y de esta manera serían cubiertos por los Sistemas de Salud

El miércoles 27 de junio, la Cámara de Diputados dió media sanción al  proyecto de Ley de Fertilización Asustida.  Si bien se habián girado cuatro despachos minoritarios , fue elegido el que habia obtenido un consenso mayoritario el pasado 13 de junio.

El proyecto sancionado obtuvo 169 votos a favor y 7 abstenciones y fue enviado al Senado para su tratamiento.

El texto aprobado señala que su objetivo es garantizar el acceso integral de  los tratamientos .médico-asistenciales de Reproducción Asistida ( R.A.) a todas las personas, evitando así cualquier tipo de discriminación.  Establece que el poder de Autoridad de Aplicación será ejercido por el Ministerio de Salud de la Nación, quien deberá crear en su ámbito un Registro Unico con los datos de todos los establecimientos habilitados para realizar los tratamientos de R.A., inclusive aquellos que funcionen como Bancos de gametos  o embriones.

Las personas deberán poseer mayoría de edad para poder estar incluídos por esta reglamentación,  hasta el límite etario que considere apropiado la Autoridad de Aplicación,  e incluye a las menores de edad que por enfermedad o tratamiento médico puedan tener comprometida su capacidad reproductiva.

El texto  establece que las Obras Sociales, entidades de Medicina Prepaga y  el Sistema de Salud Pública deberán incluir estas prácticas en el PMO ( Prestación Médica Obligatoria).  Sin embargo, algunas asociaciones representantes de pacientes consideran que sería necesario, además,  generar un Registro Unico de Donantes y que la Autoridad de Aplicación posee un amplio margen de libertad para que reglamente la norma, temiendo  que al hacerlo introduzca algún retroceso en los derechos defendidos.

 La infertilidad afecta a una de cada 6 parejas en el país, pero, lamentablemente, muchas de ellas ni siquiera pueden tener acceso al diagnóstico.  Los costos del tratamiento, son elevados, ascienden entre los 2 mil y 25 mil pesos, dependiendo si es de  baja  o alta complejidad, para alcanzar el éxito esperado,  generalmente se necesitan varios intentos, e incluso acceder a tratamientos más sofisticados  a medida que el embarazo no se obtiene por técnicas más  sencillas, y en ningún caso el porcentaje de éxito  tranquiliza a los pacientes y médicos tratantes.

La Asociación Latinoamericana de Medicina Reproductiva aseguró que  en Argentina  se realizan este tipo de tratamientos hace 25 años y es uno de los países que más ha desarrollado técnicas y procedimientos para la reproducción asistida en Latinoamérica .  

La Organización Mundial de la Salud establece que  la infertilidad es una enfermedad, sin embargo , el proyecto de Ley que recibió media sanción  lo considera un problema de salud que debe ser incluído en el PMO, los legisladores explican que de esta manera se evitarán posibles  discriminaciones.

 A comienzos del 2011 fue reglamentada en la provincia de Buenos Aires la ley 14208 que brinda cobertura gratuita para estos tratamientos. Este hecho vigorizó el reclamo por una Ley de Fertilidad Nacional.

En los distintos países europeos existen diferentes tipos de regulación legal en materia de reproducción asistida; algunos se rigen por recomendaciones de tipo médico-ético emitidas por instituciones de profesionales médicos, otros por decretos y normativas. Por último, existen países que tienen una legislación específica vigente sobre las técnicas de reproducción asistida y/o experimentación embrionaria, como es el caso de Suecia, Dinamarca, Noruega, España, Inglaterra, Alemania y Francia

La ley sueca reconoce el derecho del hijo nacido por IAD a conocer la identidad de su padre biológico, al alcanzar la mayoría de edad. La actual legislación española, la LEY 14/2006, del 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida, refleja el anonimato total de los donantes de gametos, de manera que su identidad nunca será revelada. La donación se entiende como un acto altruista en el que se renuncia a cualquier tipo de reclamación respecto a la paternidad. En relacíón a este tema, CONCEBIR  (Asociación de pacientes) había expresado su posición, a través de un comunicado,   luego de obtener el consenso de cuatro comisiones  el proyecto ,el pasado 13 de junio. El texto declaraba la   necesidad de la creación de un REGISTRO DE DONANTES DE GAMETAS,  (óvulos y semen) para garantizar el DERECHO A LA IDENTIDAD de las personas nacidas por TRA con gametas de terceros, una vez alcanzada la mayoría de edad. Para respetar este DERECHO CONSTITUCIONAL es necesario ELIMINAR LA PRÁCTICA DE LA DONACIÓN ANÓNIMA, realizando campañas de educación y concientización tanto para los beneficiarios como los donantes. También señalaba que se debe incluir dentro de las TRA la criopreservación o vitrificación de los embriones para reducir la cantidad a transferir y minimizar el riesgo de embarazo múltiple, definiendo a la vez los criterios que regirán el mantenimiento de los embriones en caso de no realizarse la transferencia (ej muerte, separación, enfermedad, etc) y que deberá especificarse quienes participarán de la Reglamentación estipulada por la Autoridad de Aplicación, el Ministerio de Salud de la Nación.

Los tratamientos de fertilización tienen como objetivo ayudar a las parejas a revertir los efectos de una enfermedad que afecta a miles de personas, que impide la cristalización  del deseo de procreación .  Las agrupaciones de pacientes de todo el país se han movilizado para conseguir firmas, entrevistarse con diputados, difundir su problemática y necesidades. El resto de la sociedad y sus representantes debiéramos comprender la necesidad de una LEY que proteja y posibilite la realización de ese sueño  fundamental que es  conformar una familia.

 

Links de interés:

www.parlamentario.com

https://www.facebook.com/l.php?u=http%3A%2F%2Fnoticiasjovenes.com%2Findex.php%3Fname%3DNews%26file%3Darticle%26sid%3D45231&h=1AQHorvB-AQEmeQJWzJntoVH2FQtQojExGzL-dvG3lqAePw

 

la cigueña de probeta

25.07.2012 16:16

eLa provincia de Buenos Aires ofrece la cobertura de los casos de infertilidad

La Cigüeña de Probeta

El 15 % de las parejas en edad reproductiva presentan PROBLEMAS DE ESTERILIDAD. Desde fines de 2010 la provincia de Buenos Aires promulgó la ley1, por la cual las Obras Sociales y Prepagas deben cubrir gran parte de las terapéuticas diseñadas para solucionar tales trastornos. Se espera, que próximamente otras provincias adopten medidas similares y que sea tratado en el Congreso el proyecto de ley que proveerá un marco jurídico a todas estas prácticas.

 

El nacimiento de Louise Brown en 1978 significo para muchísima gente un camino hacia la esperanza. Los médicos ingleses Steptoe y Edwards habían logrado la fertilización extracorpórea ( in vitro) y luego la transferencia del embrión hacia el útero materno, donde se implantaría generando un embarazo y parto exitoso. Las décadas siguientes fueron signadas por múltiples adelantos: mejora de la estimulación ovárica, congelamiento adecuado de embriones, la posibilidad de inyectar en el óvulo un espermatozoide, el diagnóstico genético preimplantacional, el cultivo a blastocisto y el congelamiento de óvulos son alguno de los hitos mas destacados en esta ruta que parece no tener fin.

Pero ¿qué peso específico tiene la esterilidad en nuestra sociedad? pensemos en este ejemplo sencillo: convoquemos a una reunión a 20 parejas cuyas edades se encuentren entre 20 y 40 años, es muy probable que 3 de estas duplas presenten alguna problemática de infertilidad. Ahora traslademos esta relación a los miles de parejas que en el mundo se encuentran en ese grupo etario. El 30 % de los trastorno reproductivos obedecen a factores masculinos exclusivamente, otro porcentaje similar se debe a razones de índole femenina, otro 30 % a causal mixto (masculinas y femeninas) y el 10 % remanente lo ubicamos en Esterilidad Sin Causa Aparente (ESCA).

No se puede negar que 34 años después del nacimiento de la niña Brown, el avance científico ha sido enorme, pero aun así, cada pareja que debe someterse a un tratamiento de este tipo cuenta con una chance de éxito que no supera el 40 %, como si esto no resultase por si mismo un obstáculo, debemos pensar que muchos de los insumos son importados, y al adicionar el costo de las terapias hormonales, los montos que una pareja debe comprometer terminan siendo una barrera extra para cristalizar el deseo de conformar una familia.

Es sabido que los cambios científicos presentan una velocidad mayor que los que éstos introducen en la sociedad. Por eso, cuando escuchamos alguna actriz o periodista declarar que viajó a los Estados Unidos para alquilar un útero, gran parte de la audiencia se sorprende, incluso, si alguna pareja de nuestro entorno no tiene descendencia, quizás escuchemos el lapidario comentario dirigido a ellos: che ¿para cuando la cigüeña?

Nuestra sociedad no ha internalizado la problemática reproductiva, y aquellos que la padecen, suelen además sufrir presiones extras, tales como la imposibilidad de hablar abiertamente de estos temas y la incomprensión familiar, aunque no debemos menospreciar los aprietes económicos a los que deberán someterse en pos de una probabilidad de éxito declaradamente inferior al 50 %.

En este contexto, seria sumamente auspicioso, que todas las provincias imitaran los pasos seguidos por la Legislatura bonaerense y que a nivel nacional, se debata seriamente el proyecto que otorgue un marco regulatorio, que proteja el derecho de los pacientes, comunidad científica y seres gestados por estas técnicas y no uno que restrinja, impida, imposibilite o cercene los sueños y esperanzas de la comunidad inmersa en ésta problemática. Mientras algunos sectores descosen sus vestiduras por proteger los derechos del niño por nacer, pareciera que se olvidan de aquellos ya nacidos, que revuelven los tachos de basura en pos de una migaja que les prodigue el milagro de la subsistencia. La vida es un milagro y debe ser garantizada, aunque provenga de una probeta y no de la cigüeña.

 

1 Ley 14208, sancionada a fines de 2010 y puesta en vigencia a partir de enero 2011.

 

 

 

la cigueña de probeta

25.07.2012 16:12

La provincia de Buenos Aires ofrece la cobertura de los casos de infertilidad

La Cigüeña de Probeta

El 15 % de las parejas en edad reproductiva presentan PROBLEMAS DE ESTERILIDAD. Desde fines de 2010 la provincia de Buenos Aires promulgó la ley1, por la cual las Obras Sociales y Prepagas deben cubrir gran parte de las terapéuticas diseñadas para solucionar tales trastornos. Se espera, que próximamente otras provincias adopten medidas similares y que sea tratado en el Congreso el proyecto de ley que proveerá un marco jurídico a todas estas prácticas.

 

El nacimiento de Louise Brown en 1978 significo para muchísima gente un camino hacia la esperanza. Los médicos ingleses Steptoe y Edwards habían logrado la fertilización extracorpórea ( in vitro) y luego la transferencia del embrión hacia el útero materno, donde se implantaría generando un embarazo y parto exitoso. Las décadas siguientes fueron signadas por múltiples adelantos: mejora de la estimulación ovárica, congelamiento adecuado de embriones, la posibilidad de inyectar en el óvulo un espermatozoide, el diagnóstico genético preimplantacional, el cultivo a blastocisto y el congelamiento de óvulos son alguno de los hitos mas destacados en esta ruta que parece no tener fin.

Pero ¿qué peso específico tiene la esterilidad en nuestra sociedad? pensemos en este ejemplo sencillo: convoquemos a una reunión a 20 parejas cuyas edades se encuentren entre 20 y 40 años, es muy probable que 3 de estas duplas presenten alguna problemática de infertilidad. Ahora traslademos esta relación a los miles de parejas que en el mundo se encuentran en ese grupo etario. El 30 % de los trastorno reproductivos obedecen a factores masculinos exclusivamente, otro porcentaje similar se debe a razones de índole femenina, otro 30 % a causal mixto (masculinas y femeninas) y el 10 % remanente lo ubicamos en Esterilidad Sin Causa Aparente (ESCA).

No se puede negar que 34 años después del nacimiento de la niña Brown, el avance científico ha sido enorme, pero aun así, cada pareja que debe someterse a un tratamiento de este tipo cuenta con una chance de éxito que no supera el 40 %, como si esto no resultase por si mismo un obstáculo, debemos pensar que muchos de los insumos son importados, y al adicionar el costo de las terapias hormonales, los montos que una pareja debe comprometer terminan siendo una barrera extra para cristalizar el deseo de conformar una familia.

Es sabido que los cambios científicos presentan una velocidad mayor que los que éstos introducen en la sociedad. Por eso, cuando escuchamos alguna actriz o periodista declarar que viajó a los Estados Unidos para alquilar un útero, gran parte de la audiencia se sorprende, incluso, si alguna pareja de nuestro entorno no tiene descendencia, quizás escuchemos el lapidario comentario dirigido a ellos: che ¿para cuando la cigüeña?

Nuestra sociedad no ha internalizado la problemática reproductiva, y aquellos que la padecen, suelen además sufrir presiones extras, tales como la imposibilidad de hablar abiertamente de estos temas y la incomprensión familiar, aunque no debemos menospreciar los aprietes económicos a los que deberán someterse en pos de una probabilidad de éxito declaradamente inferior al 50 %.

En este contexto, seria sumamente auspicioso, que todas las provincias imitaran los pasos seguidos por la Legislatura bonaerense y que a nivel nacional, se debata seriamente el proyecto que otorgue un marco regulatorio, que proteja el derecho de los pacientes, comunidad científica y seres gestados por estas técnicas y no uno que restrinja, impida, imposibilite o cercene los sueños y esperanzas de la comunidad inmersa en ésta problemática. Mientras algunos sectores descosen sus vestiduras por proteger los derechos del niño por nacer, pareciera que se olvidan de aquellos ya nacidos, que revuelven los tachos de basura en pos de una migaja que les prodigue el milagro de la subsistencia. La vida es un milagro y debe ser garantizada, aunque provenga de una probeta y no de la cigüeña.

 

1 Ley 14208, sancionada a fines de 2010 y puesta en vigencia a partir de enero 2011.

 

 

 

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